


Para exportar los tambos deberán cumplir con normas de bienestar animal
Miguel Peiretti


Los tambos que pretendan exportar a la Unión Europea y el Reino Unido deberán cumplir con el marco regulatorio establecido por Senasa para ser habilitados con esa finalidad
La normativa se ajusta a las exigencias de Europa para los productos lácteos que ingresan a su espacio económico que indica deben estar originados en establecimientos que cumplan con exigencias sanitarias para la seguridad alimentaria en el marco del acuerdo Unión Europea-Mercosur.
El adecuamiento de los tambos a esta normativa, no significa que van a lograr respuesta económicas en lo inmediato, sino que indican desde lechería de la Nación es estar preparados para cuando tengan la oportunidad de algún negocio
Los tambos para reunir las condiciones deberán someterse a inspecciones a cargo de veterinarios oficiales, quienes determinarán si el establecimiento es «aceptable» o «no acepta
ble» para lograr la aprobación del certificado oficial para ser presentado en la industria a la que le entregan la leche con una duración de dos años
El propósito de esta regulación apunta a que la leche que se destine a la elaboración de productos lácteos que se destinen a la exportación a Europa cumpla con las normas internacionales de bienestar




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