Imputó a 95 empresas por incluir tasas en las facturas de luz y gas entre ellas a la Cooperativa de Servicios Públicos de Morteros

La Cooperativa de Servicios Públicos de Morteros fue imputada junto a otras 95 empresas por el gobierno de Javier Milei por incluir tasas municipales en la factura por consumo de energía eléctrica

Pais15/11/2024Redacción RegionalisimoRedacción Regionalisimo
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La Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía imputó a 95 empresas entre ellas a la Cooperativa de Servicios Públicos de Morteros por haber incluido en las facturas tasas o cargos ajenos al contrato entre el proveedor y el consumidor. Se abrieron 244 expedientes vinculados a las imputaciones, uno por cada localidad donde las empresas incumplieron la norma. Así se informó de manera oficial.
Las actuaciones corresponden a facturas con vencimiento posterior al 11 de octubre, cuando entró en vigencia la Resolución, que determinó la prohibición de incluir en las facturas conceptos indebidos. La autoridad de aplicación continuará con la instrucción de sumarios para los próximos vencimientos de noviembre y diciembre.
A partir de recibir la notificación, las empresas tendrán cinco días hábiles para hacer su descargo. Cumplido ese plazo la Secretaría de Industria y Comercio sancionará a las empresas que no cumplieron la norma, de acuerdo a lo previsto por la Ley 24240 de Defensa del Consumidor, que en su artículo 47, inciso b, contempla multas de hasta $2.130 millones.
Las denuncias fueron recibidas en el correo electrónico habilitado para tal fin, [email protected]. Hasta el momento ingresaron 2.705 reclamos.

Prohibición de incluir tasas e impuestos

La medida comenzó a regir el 10 de octubre. Desde entonces, las facturas y comprobantes no podrán incluir cargos ajenos a los bienes y servicios contratados, es decir que no se podrán incluir otros cargos como tasas e impuestos establece la resolución nacional
La decisión de la Secretaría de Industria y Comercio surge como respuesta a las reiteradas denuncias públicas sobre municipios y gobiernos provinciales que incluyen tasas locales e impuestos que no corresponden a la facturación de servicios esenciales, pero en el caso de la provincia de Córdoba desde el Ersep habían señalado que no alcanzaba a nuestra provincia la medida
Tanto el Ersep como Epec consideraron a la resolución una violación a la autonomía provincial y municipal y al mismo tiempo opinaron que la prohibición de incorporar el cobro de alumbrado público con la boleta de energía eléctrica y al ser dictada la norma manifestaron que la medida no alcanzaría a los municipios de la provincia de Córdoba al ser la provincia el ente regulador.
Pero más allá de los preceptos constitucionales de autonomía Javier Milei resolvió avanzar sobre los mismos imputando a empresas que realizan el cobro municipal del servicio de consumo de energía de alumbrado público, edificios públicos y obras de alumbrado público entre otros conceptos. 
La percepción que realizan en nuestra provincia las cooperativas y Epec terminará judicializándose en defensa de la autonomía municipal, mientras tanto los municipios sufrirán un fuerte golpe a sus economías que terminaran enfrentando los contribuyentes cumplidores.

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