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No sería de aplicación en la provincia de Córdoba: Consideran una violación a la autonomía provincial y municipal la prohibición de incorporar el cobro de alumbrado público con la boleta de energía eléctrica
Pais19/09/2024El ministro de Economía de la Nación prohibió cobrar adicionales en las tarifas de servicios públicos. Más allá de la incertidumbre existente la medida no alcanzaría a los municipios de la provincia de Córdoba, de acuerdo a lo que opina la mayoría de los especialistas. Podría poner en discusión el cobro por obras e impuestos.
La medida fue adoptada después que vecinos en distintos lugares del país reclamaran por los altos incrementos sufridos en las boletas de electricidad y gas, que en algunos casos llegó hasta el 300 %, desde el gobierno nacional buscaron como responsable de estos abusivos incrementos a los municipios.
«Lo que están viendo todas las familias argentinas es un tarifazo insensible e impagable de hasta 300%, y que en algunos casos los valores ya superan una jubilación mínima a la que, como si fuera poco, buscan vetarle un aumento. Esto es lo que quieren tapar atacando a los municipios. Su política energética es la que está hundiendo la economía de los argentinos y argentinas. Mientras ustedes inventan superávits y dibujan números en un Excel, los intendentes e intendentas caminamos nuestros barrios y vemos todos los días el desastre social que están haciendo» esgrimió Mendoza.
El cuestionamiento a los municipios y gobiernos provinciales que incluyen tasas locales e impuestos que no corresponden a la facturación de servicios esenciales como la luz y el gas, hizo que la Secretaría de Industria y Comercio a través de la Resolución 267/2024, estableciera que las facturas de servicios esenciales solo deberán tener el servicio contratado por el consumidor, quedando prohibido incluir cargos ajenos a la naturaleza del servicio.
La resolución publicada en el Boletín Oficial establece que la información relacionada con los conceptos contenidos en los comprobantes emitidos por los proveedores de bienes y servicios en el marco de las relaciones de consumo, conforme las denomina el Artículo 3° de la Ley N° 24.240 y sus modificatorias, deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor, no pudiendo contener sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio, sin perjuicio de toda otra información de carácter general que corresponda incluir en el documento emitido, conforme a la norma aplicable.
Además estable que el incumplimiento será pasible de ser sancionado conforme el régimen de penalidades previsto en la Ley N° 24.240 y sus modificatorias, y normas reglamentarias. La vigencia, aclaran, será inmediata y entregan un plazo de adecuación de treinta días.
La medida adoptada por el gobierno nacional no alcanzaría a la provincia de Córdoba en los servicios de energía eléctrica y agua al ser el ente regulador la provincia, mientras en el caso del gas, si es aplicable la medida por depender las empresas prestadoras del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas).
Además constitucionalistas señalan que tanto los municipios como las provincias tienen autonomía, violando el gobierno de Milei el orden jurídico, por lo que la resolución tiene que ver más con un movimiento marketinero para justificar el tarifazo en beneficio de sus amigos.
El vocal por la oposición en el Ersep, Facundo Cortés Olmedo, en declaraciones radiales, señaló que Córdoba legisló en la materia en el 2018, donde se prohíbe que las cooperativas incluyan cargos ajenos al servicio de energía en sus facturas.
Al mismo tiempo explicó que la ley 10.545 establece excepciones, como la tasa municipal de alumbrado público, que está directamente relacionada con el servicio. Sin embargo, enfatizó que las tasas tienen como contraprestación un servicio, no así los impuestos.
Por otra parte el vocal opositor subrayó que el servicio de energía es exclusivamente de resorte provincial que tiene autonomía, «el poder concedente es el Gobierno de la provincia» y la resolución del Gobierno nacional «más bien es una cuestión de buena intención, porque no va a tener aplicación concreta».
Cortés Olmedo considero que el debate debe centrarse en la alta carga tributaria de los servicios públicos esenciales, donde el 33 % del valor que se está pagando son impuestos, un 30 % es costo de distribución y alrededor del 33 % es el precio del kilowatt
En el mismo sentido expresaron desde la provincia que la resolución es poca clara y una redacción sin precisión, pero la resolución, no tendría aplicación en empresas como la Epec que es prestataria regida por la Provincia, por lo que la tasa por servicio de alumbrado público se podrá seguir cobrando a través de la boleta de energía
En Epec también están estudiando la medida nacional y, por el momento, señalan que no hay nada claro. La principal incógnita es qué pasaría si no pudiera cobrarse a través de la boleta de la luz la tasa que actualmente se aplica para solventar la energía que los municipios consumen en el alumbrado público.
El vocero de Epec Alfredo Camponovo, indicó que la disposición de Caputo genera varios interrogantes.
Si no se recauda a través de Epec o las cooperativas, «¿cómo se van a recaudar los fondos necesarios para hacer frente al alumbrado público de las municipalidades y comunas? Se preguntó el vocero de Epec y al mismo tiempo consideró «A lo mejor estamos ante la posibilidad de una mejora y hay una alternativa superadora pero si hoy se quita esa tasa hay que ver la alternativa para hacer frente a esos kilovatios que se consumen por alumbrado y que hay que pagar. Esos kilovatios vienen incluidos en la factura que Camessa le remite a Epec y de algún lado tienen que salir los fondos. No es tan sencillo sacarlo de ahí y ver cómo los municipios y comunas tienen capacidad de recaudación», manifestó Camponovo.
Agregó que aún no está claro qué pasará con el OIM cordobés. «Estamos evaluándolo. Porque, al mismo tiempo, tampoco sabemos qué va a pasar con el IVA, por ejemplo. Si van a sacar todos los impuestos, tasas y contribuciones que no tienen que ver con el servicio de energía, ¿qué pasaría en ese caso con el IVA? Nuestro departamento de Legales, el sector de tarifas y todos los estamentos involucrados están evaluando, leyendo y releyendo las disposiciones para ver las alternativas, el alcance y cómo vamos a seguir de acá para adelante», declaró Camponovo.
Hay una segunda tasa incluida en la boleta de Epec, menos importante en términos de recaudación, que tiene un fin específico. «Se trata del Fondo de Desarrollo Energético Provincial. En realidad, es un porcentaje que se quitó de la tarifa propia de Epec y se derivó a una tasa particular. Eso permite, a través de una ley, que esos fondos solamente sean usados para infraestructura, para hacer inversiones. No se puede destinar a otra cosa. Epec no puede pagar un mes los sueldos con esos fondos. En cierta forma esa tasa, lejos de ser una cuestión que genera incertidumbre, lo que provoca es un mayor grado de transparencia», planteó el vocero de Epec.
Por su parte Marcos Sequeira, abogado especialista en Procedimiento Tributario, explicó en Radio Universidad que con la Constitución del 94 se le da autonomía a los municipios y afirmó que las tasas son inespecíficas, es decir, son impuestos.
Así mismo queda el interrogante acerca de qué pasará con el IVA e Ingresos Brutos que la Nación y las provincias incluyen en las facturas.
Al mismo tiempo se plantea el interrogante acerca del cobro de obras por mejoras como es la percepción que las cooperativas realizan para la realización de obras de alumbrado público a través de ordenanzas municipales. En este sentido explicaron que está homologado por el Ersep, la tasa por el servicio de alumbrado público, pero no está muy claro en relación al cobro de obras, como también ocurre con la provincia, situación que algunos opinan que podría derivar en denuncias en defensa del consumidor a las cooperativas y derivar en causas judiciales contra los municipios.
Distintas fuentes municipales coinciden que cobrar el servicio de alumbrado público en la misma boleta de energía eléctrica permite a los municipios obtener la totalidad de la recaudación, ya que la cobrabilidad de las tasas municipales en la actualidad está entre el 50 y 60 %, porque lo primero que la gente deja de pagar en épocas de crisis como esta son las tasas municipales, mientras que la boleta de la luz la pagan porque si no les cortan el servicio.
La medida adoptada por el gobierno de Javier Milei hizo escalar la tensión de la administración nacional con los intendentes, logrando abroquelar a intendentes justicialistas y radicales a través de sus distintos foros, como así también desde la Federación Argentina de Municipios.
Consideran que la norma nacional pretende avasallar competencias provinciales, asegurando que no vulneran los principios de la Ley de Defensa del Consumidor y al mismo tiempo cuestionan que se toman medidas que impactan en los municipios con el solo objetivo de vaciar las cajas de las ciudades y pueblos
Es una medida unilateral sin analizar la situación de los municipios, que es bastante complicada, es cuanto menos muy riesgoso y seguramente va a traer cola, sostuvieron al repudiar la medida en la que acusan al ministro de desconocer las realidades locales.
Al mismo tiempo analizan presentarse en la justicia dijeron intendentes radicales que participan en la FAM que consideran que la anulación del mecanismo de cobro, es una injusticia, un disparate. Esto va a ser improcedente, no lo van a poder llevar a cabo.
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