La Justicia admitió un amparo colectivo por el uso de agroquímicos

Es contra la municipalidad de Macos Juárez para la creación de zonas de resguardo ambiental, donde se prohíba el uso de cualquier tipo de producto químico o biológico de uso agropecuario. Piden establecer zona de resguardo de1100 metros para terrestres y 3 mil metros para la aérea

Productivas24/04/2024Redacción RegionalisimoRedacción Regionalisimo
fumigaciones

La Cámara Civil, Comercial, de Familia, Trabajo y Contencioso Administrativa de Marcos Juárez estableció el carácter colectivo del proceso de amparo que fuera presentado por la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) y un grupo de vecinos.
La Cámara Civil, Comercial, de Familia, Trabajo y Contencioso Administrativa de Marcos Juárez estableció el carácter colectivo del proceso de amparo que fuera presentado por la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) y un grupo de vecinos contra la Municipalidad de Marcos Juárez. 

Entre otras cosas, los amparistas solicitan la creación de zonas de resguardo ambiental, donde se prohíba el uso de cualquier tipo de producto químico o biológico de uso agropecuario, excepto aquellos autorizados para la práctica de la agroecología o la producción orgánica.

En los casos de pulverización o fumigación terrestre, la fundación pide que la zona de resguardo no sea inferior a 1095 metros a partir del perímetro de las zonas pobladas de la ciudad. En tanto, cuando la pulverización o fumigación sea aérea, se reclama una zona de resguardo no inferior a 3.000 metros de dicho parámetro.

La propuesta contempla también que se ponga en funcionamiento de modo inmediato una comisión Asesora sobre Medio Ambiente, creada por decreto y la puesta en funcionamiento del correspondiente Organismo de Aplicación, dispuesto por Ordenanza; y la declaración de inconstitucionalidad de diversos artículos de las ordenanzas locales 2.446 y 2.808, "por ser disposiciones contrarias a los derechos constitucionales a la vida, salud, ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano. Así como también contrarias al sentido y objetivos de la Ley General del Ambiente 25.675".

Además de Fundeps, firmaron la petición Eliana Magalí Giovannini, Nicolás Bollea, Alberto Matar, Magdalena Inés Descarga, Janine Natalie Booman Zugarramurdi, Virginia Natali, Liliana Rita Piccione, Raúl Santiago Gutiérrez, Cristian Krumm, Carolina Gisela Urvide, Marco Luciani, Nicolás Alejandro Bertram, Sofía Simonin y Virginia María Rúveda Ferreyra.

La resolución judicial fue firmada por los vocales de Cámara Raúl Enrique Morra, Graciela del Carmen Filiberti y Jorge Juan Alberto Namur.

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