


Criptoactivos: la Unión Europea rastreará transferencias
Miguel Peiretti


Se trata de la Directiva sobre Cooperación Administrativa (DAC8), votada por la mayoría de los legisladores de la unión en septiembre pasado.
La legislación sobre información fiscal supone la primera legislación de la UE para garantizar que las transferencias de criptomonedas, como ocurre con cualquier otra operación, puedan rastrearse y bloquearse si son sospechosas.
El objetivo es fortalecer el marco legal existente ampliando el alcance de las obligaciones de registro y presentación de informes y la cooperación de las administraciones tributarias.
Ahora se cubrirán categorías adicionales de activos e ingresos y se exigirá un intercambio automático y obligatorio de datos -que deberán ser proporcionadas por los proveedores de servicios de criptoactivos- entre las autoridades fiscales.
Hasta ahora, la naturaleza descentralizada y transfronteriza de aquéllos dificultó que las administraciones de los Estados miembro de la UE garantizaran el cumplimiento tributario.
La nueva directiva cubre un amplio ámbito de criptoactivos, basándose en las definiciones establecidas en el reglamento sobre los mercados de criptoactivos (MiCA).
Asimismo, amplía el alcance de las normas actuales sobre el intercambio de información fiscal relevante incluyendo disposiciones sobre el intercambio de resoluciones transfronterizas anticipadas relativas a personas con elevado patrimonio neto, así como mandas sobre el intercambio automático de información sobre dividendos no custodiados y similares ingresos, con el fin de reducir los riesgos de evasión, elusión y fraude fiscal.




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