Se conocieron los fundamentos de la destitución del fiscal federal Luis Viaut

El Tribunal de Enjuiciamiento del Ministerio Público Fiscal dio lectura, los fundamentos de la remoción de Luis María Viaut de su cargo de fiscal federal de San Francisco. Fue durante una audiencia del cuerpo disciplinario, desarrollada en la Procuración General de la Nación.

Sucesos27/04/2023Redacción RegionalisimoRedacción Regionalisimo
Luis María Viaut
Luis María Viaut

Viaut fue removido, el 5 de abril pasado, luego de que el jury de enjuiciamiento -promovido por el procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal considerara que violó su deber de observar buena conducta previsto en la Ley Orgánica y en el Reglamento Disciplinario para los/as Magistrados/as de este organismo. Esto, luego de la condena impuesta a Viaut el año pasado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de Córdoba a cinco años de prisión, inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos y al pago de una multa de 6 millones de pesos por los delitos de tráfico de influencias y exacciones ilegales agravadas.

Los fundamentos

En su resolución el jury puntualizó que si bien los actos por los que fue condenado Viaut no fueron propios del ejercicio de su función, sí lo fueron en ocasión de ella. Agregaron que tanto en la exigencia extorsiva a una de las víctimas, como en los servicios ofrecidos a otra “lo determinante para ejercer presión o ‘vender’ influencias fue la condición de fiscal federal de Viaut”.

En tal sentido recordaron que “los fiscales deben velar por su buen nombre y honor en todos los ámbitos en los que se desenvuelven y evitar comportamientos o actitudes que perjudiquen a otros o comprometan su autoridad”. Así, consideraron que “el daño que provocó con su conducta fue muy significativo en distintos aspectos. Generó un descrédito en la investidura de fiscal y el desprestigio de la institución a la que pertenecía, con un impacto de mayor magnitud debido a que Viaut era el único fiscal federal en una localidad relativamente pequeña”. También, el tribunal disciplinario hizo hincapié en el daño generado a una de las víctimas, su familia y allegados “e hizo caer en letra muerta la función misma del Ministerio Público Fiscal al apartarse de la misión que él tenía encomendada, consistente en ‘promover actuación de la justicia en defensa de la legalidad de los intereses generales de la sociedad’ (art. 120, C.N.)”.

El jury destacó “la contundencia de los hechos descriptos” y los fundamentos vertidos por la fiscalía en su acusación, en virtud de lo cual puntualizaron que “Viaut violó el deber de observar buena conducta, en tanto su accionar indecoroso, imprudente e indigno de un magistrado significó un incumplimiento de las responsabilidades y los compromisos que asumió al ser designado fiscal, ya que colisiona con el principal cometido del Ministerio Público”.

Asimismo, destacaron “el estrépito social que provocan acciones como las aquí juzgadas, pues impactan directamente en la legitimidad del sistema de justicia, en tanto el acusado estaba llamado a dar testimonio de una conducta irreprochable, por tratarse de un funcionario público de capital relevancia y responsabilidad dentro de aquel, en la medida que se encontraba a su cargo el ejercicio de la acción penal pública”.

En virtud de todo ello, el Tribunal de Enjuiciamiento del MPF concluyó que el accionar de Viaut fue “completamente opuesto a lo esperable de un magistrado al que la sociedad ha confiado la tutela de semejante valor como la defensa de la legalidad,” y que su conducta “no satisface en modo alguno una de las condiciones que la Constitución Nacional y las leyes dictadas en consecuencia imponen a todo fiscal para permanecer en el cargo (art. 16 de la C.N., arts. 13 de la Ley 24.946 y 62 de la Ley 27.148, en función del art. 2 del reglamento citado)”. Así propiciaron la remoción de su cargo como titular de la Fiscalía Federal de San Francisco, provincia de Córdoba.

Cuerpo disciplinario

El cuerpo disciplinario estuvo presidido por el representante de la Federación Argentina de Colegios de Abogados, Francisco Javier Panero, e integrado por los y las representantes del Poder Ejecutivo Nacional Pablo Enrique Barbuto; del Senado, César Grau; del Consejo Interuniversitario Nacional, Agustina Rodríguez Saa; del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, María Gabriela Van Marrewijk; y por los magistrados del MPF Ricardo Carlos María Álvarez, en representación de los fiscales generales, y Eduardo Norberto Varas, por los fiscales de primera instancia. En el proceso, la parte acusadora fue representada por el fiscal general Mario Villar y la fiscal general Ana Helena Díaz Cano, mientras que la defensa del exfiscal recayó en el defensor oficial Claudio Martín Armando.

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