Aprobaron la Ley Orgánica de Municipios santafesinos

Tras la media sanción con modificaciones en Diputados, el Senado aprobó la nueva ley orgánica de Municipios. 
Provinciales09/04/2026Miguel PeirettiMiguel Peiretti

Ley Mun}Este jueves, la Legislatura de Santa Fe dio sanción definitiva al proyecto de ley orgánica de Municipios. En primera instancia, recibió la aprobación de la Cámara de Diputados solamente con los votos del interbloque oficialista de Unidos para Cambiar Santa Fe. Luego, el expediente volvió al Senado –debido a que en la Cámara baja había sido modificado-.
Este jueves, la Cámara de Diputados de Santa Fe aprobó el proyecto de ley orgánica de Municipios solamente con los votos del interbloque oficialista de Unidos para Cambiar Santa Fe. El proyecto tuvo 30 votos a favor y 17 en contra.
Al fundamentar el proyecto, el diputado del Socialismo, Joaquín Blanco reconoció que la aprobación del proyecto se dio sólo con los votos oficialistas y recordó que una situación similar ocurrió durante la convención del 25, donde se concretó la reforma constitucional.

“Es la primera gran ley post reforma constitucional, tras dos audiencias públicas donde participaron más de 200 referentes y se trata de una ley infinitamente superior al Mensaje del Ejecutivo. Pasamos de 60 artículos a más de 100”, indicó el legislador.

Luego, el diputado del Frente Amplio por la Soberanía (FAS) Fabián Palo Oliver argumentó el voto en contra de su bloque. “Es una muy mala ley, pese al esfuerzo de la oposición por intentar mejorarla. No está la cuestión de la coparticipación, de la distribución de recursos y obras públicas”, sostuvo.

La misma postura tuvo el interbloque del Partido Justicialista. Al tomar la palabra, el diputado Marcos Corach aseguró que la ley “es una cáscara vacía porque se propone una autonomía de papel. Si no se discuten recursos, esta ley es un simulacro”. “Autonomía y coparticipación son las dos caras de la misma moneda”, destacó el legislador y lamentó que “se vota una ley troncal sin el voto de todas las fuerzas opositoras. Es un fracaso político”.

Claves de la nueva Ley Orgánica de Municipios en Santa Fe

La Legislatura de Santa Fe sancionó una nueva Ley Orgánica de Municipios que establece el marco general de funcionamiento, competencias y organización institucional de los gobiernos locales en la provincia.
Al fundamentar el proyecto, el diputado del Socialismo, Joaquín Blanco reconoció que la aprobación del proyecto se dio sólo con los votos oficialistas y recordó que una situación similar ocurrió durante la convención del 25, donde se concretó la reforma constitucional.

La norma unifica distintos proyectos y actualiza el régimen municipal en línea con la Constitución provincial, poniendo el foco en la autonomía, la planificación territorial y el fortalecimiento institucional.

Autonomía y competencias

Uno de los pilares de la ley es el reconocimiento de la autonomía municipal. Los municipios podrán gobernarse por sí mismos y ejercer sus funciones en base a principios como la subsidiariedad, la cooperación y la coordinación con otros niveles del Estado. Además, se establece que cualquier transferencia de competencias desde la Provincia deberá contar con acuerdo legislativo y recursos asignados para su implementación. Entre las principales funciones, los municipios tendrán a su cargo:
La regulación y control de los servicios públicos locales, bajo criterios de calidad, continuidad y tarifas justas.
La planificación y ordenamiento territorial, incluyendo zonas urbanas, periurbanas y rurales.
El desarrollo de políticas ambientales y de acción climática.
La promoción del desarrollo productivo, la ciencia, la tecnología y el turismo.
La protección de consumidores y usuarios.
También se reconoce el rol municipal en áreas como salud (especialmente atención primaria), educación inicial, seguridad preventiva y convivencia ciudadana.

Ambiente, desarrollo y derecho a la ciudad

La ley incorpora una fuerte impronta ambiental. Los municipios deberán impulsar políticas de sostenibilidad, eficiencia energética, economía circular y gestión integral de residuos.
La misma postura tuvo el interbloque del Partido Justicialista. Al tomar la palabra, el diputado Marcos Corach aseguró que la ley “es una cáscara vacía porque se propone una autonomía de papel. Si no se discuten recursos, esta ley es un simulacro”.
La misma postura tuvo el interbloque del Partido Justicialista. Al tomar la palabra, el diputado Marcos Corach aseguró que la ley “es una cáscara vacía porque se propone una autonomía de papel. Si no se discuten recursos, esta ley es un simulacro”.
Asimismo, se establece el concepto de “derecho a la ciudad”, que obliga a los gobiernos locales a garantizar condiciones de vida adecuadas, inclusión y acceso equitativo a los servicios urbanos. En materia cultural, se promueve la preservación del patrimonio y su transmisión a futuras generaciones.

Cooperación y regionalización

El texto habilita a los municipios a asociarse entre sí, crear áreas metropolitanas y firmar convenios con otros niveles del Estado e incluso con organismos internacionales. El objetivo es facilitar la planificación regional, la ejecución de obras y la prestación de servicios de manera conjunta.

Organización institucional

La ley redefine la estructura de los gobiernos locales según la cantidad de habitantes:
En localidades pequeñas habrá comisiones municipales.
En ciudades más grandes funcionarán concejos municipales.
Se fija la cantidad de integrantes de cada órgano legislativo según la población.
En todos los casos, los representantes serán elegidos por voto directo.
Los mandatos durarán cuatro años, con posibilidad de una sola reelección consecutiva.

Funcionamiento de concejos y comisiones

El régimen establece reglas claras sobre:
Sesiones ordinarias (de febrero a noviembre).
Quórum y mayorías.
Elección de autoridades.
Régimen de sanciones internas.
Las sesiones serán públicas, salvo excepciones.
También se detallan requisitos, incompatibilidades y causales de inhabilidad para ser concejal o integrante de comisiones municipales.

Facultades legislativas y de control

Los concejos municipales tendrán amplias atribuciones, entre ellas:
Dictar ordenanzas sobre organización administrativa, presupuesto y tributos.
Regular el uso del suelo y la planificación urbana.
Establecer marcos regulatorios de servicios públicos.
Aprobar cuentas públicas.
Autorizar endeudamiento y operaciones de crédito.
Controlar al Departamento Ejecutivo mediante pedidos de informes e interpelaciones.
Además, podrán crear entes, empresas municipales y mecanismos de participación ciudadana.

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