


Histórico fallo judicial: No se podrá exigir el pago de multas para renovar la licencia de conducir
Miguel Peiretti


En una resolución que marca un fuerte precedente para los conductores, la Justicia Federal hizo lugar a una acción de amparo presentada por un ciudadano de San Benito, Entre Ríos. El fallo dictaminó que el municipio y la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) deben tramitar y otorgar la Licencia Nacional de Conducir de forma inmediata, dejando sin efecto la obligatoriedad de abonar las multas pendientes registradas en el CENAT (Certificado Nacional de Antecedentes de Tránsito).
El juez a cargo consideró que utilizar la renovación del registro como herramienta de presión para cobrar deudas fiscales es una medida desproporcionada. Según los argumentos, el Estado dispone de mecanismos legales y vías de apremio específicas para exigir el pago de infracciones. Por ende, no se puede bloquear el derecho constitucional a la libre circulación de los ciudadanos.
Un precedente clave para la comunidad
Lo más trascendente de esta resolución es que sienta jurisprudencia. Esto significa que el fallo sirve como un modelo legal y un antecedente directo. A partir de ahora, cualquier vecino que se encuentre en la misma situación podrá presentar un recurso ante la Justicia para exigir que se le habilite el otorgamiento o la renovación de su licencia sin pagar multas previas.
Cabe destacar que esta medida no condona ni anula las deudas por infracciones que posea el conductor; simplemente separa el trámite administrativo de la licencia de la discusión económica por las actas pendientes. La resolución abre una puerta decisiva para que los ciudadanos dejen de ser rehenes de mecanismos puramente recaudatorios a la hora de renovar su derecho a manejar.




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